Información general sobre Formación en Centros de Trabajo (FCT).
Esta actividad se regula por la ORDEN de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La orden completa puede consultarse en la página de Normativa.
Objetivos de la Formación en Centros de Trabajo (FCT).
El alumnado en prácticas debe conseguir los siguientes resultados de aprendizaje (más desglosados en el PROGRAMA FORMATIVO que se adjunta al final de esta página):
- Identificar la estructura y organización de la empresa.
- Aplicar hábitos éticos y laborales en el desarrollo de la actividad profesional de acuerdo a las características del puesto de trabajo.
- Participar en la gestión económica y de tesorería del pequeño comercio: tareas administrativas, contables y fiscales con medios informáticos.
- Realizar tareas administrativas de aprovisionamiento y expedición de mercancías, utilizando el TPV y otros medios informáticos.
- Realizar contactos comerciales con clientes utilizando las técnicas de venta más adecuadas.
- Contribuir a mantener la tienda online de la empresa, actualizando el catálogo online.
- Llevar a cabo tareas de dinamización del establecimiento comercial aplicando técnicas y medios adecuados.
- Informar y atender a clientes utilizando técnicas de comunicación adecuadas para la empresa.
Duración y período de realización
- La duración de la FCT en el CFGM de Actividades Comerciales es de 410 horas.
- El horario estará comprendido entre las 7,00 y las 22,00 horas, de lunes a viernes, en el período comprendido entre abril y junio que se concrete en cada convenio con la empresa.
- El horario será, como máximo, igual al horario laboral del centro de trabajo, no pudiéndose superar en ningún caso la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo legalmente establecida.
- Si en el centro de trabajo hay establecidos turnos de trabajo, el horario del alumnado se adaptará a los mismos.
- Se considera período no lectivo para la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo los meses de julio y agosto, los sábados y domingos, días festivos y demás periodos vacacionales establecidos en el calendario escolar.
- No se podrá realizar FCT en centros de trabajo en los que el empresario o la empresaria, el tutor o la tutora laboral tengan alguna relación de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, con el alumnado que deba realizarlo.
Relación del alumnado con la entidad colaboradora.
- La relación entre el alumnado y el centro de trabajo derivada del acuerdo de colaboración, durante la duración del periodo de formación en centros de trabajo, no tendrá naturaleza de relación laboral.
- El alumnado no podrá percibir retribución económica alguna por su actividad formativa, ni por los resultados que se pudieran derivar de ella.
- El centro de trabajo colaborador no podrá ocupar puesto de trabajo alguno con el alumnado que realice actividades formativas en la empresa.
- El régimen de cobertura por accidentes del alumnado durante la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo, será el establecido en el Decreto 2078/1971, de 13 de agosto, (Seguro Escolar), sin perjuicio de las pólizas que la Consejería de Educación suscribirá, como seguro adicional.
Exclusión del alumnado de un acuerdo de colaboración.
Podrá excluirse de la participación en el acuerdo de colaboración a uno o varios alumnos o alumnas por decisión unilateral del centro docente o entidad, del centro de trabajo colaborador o conjunta de ambos, en los casos siguientes:
- Faltas reiteradas de asistencia o puntualidad no justificadas, previa audiencia del interesado.
- Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.
Incumplimiento del programa formativo en el centro de trabajo.
Documentación necesaria a tener en cuenta
Existe un acuerdo de colaboración firmado por el instituto y la empresa. En los anexos de este acuerdo se indica el programa formativo de las prácticas, el calendario y horario, así como la relación de alumnado, tutores y centros de trabajo.
Se le facilitará al tutor laboral un cuestionario electrónico para valorar la fase de FCT.
Está disponible en Moodle centros. La cumplimentan los alumnos y se firman por los tutores laboral y docente. Se entregarán al final de la FCT en el Instituto o bien a petición del profesorado encargado del seguimiento de las prácticas.
Se facilitará el acceso a un cuestionario electrónico más adelante.
Pólizas de seguro suscritas por la Consejería de Educación.
Puedes ver más información aquí.
Ayudas por desplazamiento para el alumnado (en régimen de concurrencia competitiva).
Están reguladas por la ORDEN de 2 de marzo de 2017 de la Consejería de Educación y Ciencia.
Puede solitarla el alumnado que realice el módulo profesional de formación en centros de trabajo en empresas o entidades públicas y privadas situadas a más de 5 km del centro docente en el que cursa el ciclo formativo.
Solicitud: se cumplimenta a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación, siguiendo indicaciones de la siguiente página web.
Plazo: se establecerá en cada convocatoria. Se recomienda estar atento/a a la publicación de dicha convocatoria